División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
Máster Enrique Muñoz Aguilar
-2-
16-7-2001
20 de junio, 2007
FOE-PGA-186
Licenciada
Ana Lorena Sánchez Salas
Jefe a.i.
Unidad de Recursos Humanos
Estimada señora:
Asunto:
Nombramiento en propiedad de la colaboradora Licda. Heilyn Jiménez Young.
En oficio DEI-RH-403 del 18 de junio de 2007, suscrito por la Bach. Rosina Feoli Chaves, Fiscalizadora Asociada de esa Unidad, con el fin de confeccionar la acción de personal que corresponde, solicita se informe sobre si procede el nombramiento en propiedad de la colaboradora Heilyn Jiménez Young, dado que la misma actualmente se encuentra en nombramiento interino.
Sobre el particular, tomando en consideración el muy satisfactorio desempeño mostrado a la fecha por la compañera Jiménez Young, le manifiesto la anuencia de esta Gerencia de Área para que se proceda a su nombramiento en propiedad.
Atentamente,
Lic. José Luis Alvarado Vargas
Gerente de Área
JLAV/ghj
Ce:
Lic. Walter Ramírez Ramírez, Gerente de División DFOE
Licda. Heilyn Jiménez Young, ASPGA DFOE
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
] ...
Fecha publicación: 24/06/2007
Fecha emisión: 29/05/2007
Institución: ASOC SINDICAL DE TRABAJADORES DEL MIN DE AMBIENTE Y ENERGIA E INSTITUCIONES AFINES DE CONSERVACION
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES - DENUNCIAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Gerencia
FOE-ED-0524 (6291)
-16-
18 de junio de 2007
Al contestar refiérase
al oficio No. 6291
14 de junio, 2007
FOE-ED-0524
Ingeniero
Oscar Rodríguez Ulloa
Superintendente General
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE
ENTIDADES FINANCIERAS (SUGEF)
Estimado señor:
Asunto:
Criterio con las competencias constitucionales y legales de la Contraloría General, y de las facultades legales de la SUGEF de sancionar a las entidades financieras sujetas a su fiscalización.
Para su conocimiento y con la finalidad de que la Superintendencia General de Entidades Financiera (SUGEF), dentro del ámbito de su competencia, proceda a identificar los funcionarios que administran fondos públicos y que pudieran ser eventualmente responsables de actuaciones irregulares, o en su defecto, solicite a los sujetos fiscalizados la respectiva investigación, con el propósito de que se establezcan las responsabilidades que correspondan, en caso de que éstas procedan, se remite un informe detallado sobre las potestades que ostenta la Contraloría General de la República, como Rector del Sistema de Fiscalización Superior de la Hacienda Pública, y las facultades legales que posee esa Superintendencia para sancionar a los sujetos que fiscaliza.
El presente análisis se concentra exclusivamente en las disposiciones de rango constitucional y legal, que son las que configuran en última instancia los deberes, competencias, funciones y atribuciones de los entes y órganos involucrados y concretamente la integración del Sistema de Control y Fiscalización Superior relativo al Sector Financiero Público, para lo cual utilizaremos como base lo señalado en nuestro oficio Nro. 1699-02 en lo conducente.
I. SOBRE LAS COMPETENCIAS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
De conformidad con el artículo 183 de la Constitució ...
Fecha publicación: 21/06/2007
Fecha emisión: 18/06/2007
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES - DENUNCIAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Sociales
FOE-SOC-0279
6
10 de marzo, 2007
10 de abril, 2007
FOE-SOC-0279
MBA.
Max Oguilve Pérez
Fiscalizador
Área de Servicios Sociales
Estimado señor:
Asunto: Se atiende oficio de fecha 26 de enero 2007.
En atención a su oficio FOE-SOC-0035 de fecha 26 de enero de este año, en el que plantea varios interrogantes relacionados con la Fundación Tecnológica de Costa Rica (FUNDATEC) y su relación con el Instituto Tecnológico, le comunico lo siguiente, en el mismo orden en que fueron formuladas sus inquietudes.
1.- “Siendo el ITCR una institución de derecho público, sujeta al principio de legalidad, existió el fundamento legal suficiente y necesario para que pudiera crear la FUNDATEC? ¿O se trata de un acto carente de sustento legal y por lo tanto susceptible a la declaración de nulidad?(Es de notar que de acuerdo con los antecedentes para que el ITCR pueda constituir una sociedad debe contar con la autorización de la CGR y en este caso no se ha localizado) ¿Es de relevancia que el Consejo Institucional haya dispuesto la creación de la “Fundación Instituto Tecnológico de Costa Rica” y en su lugar se haya creado la “Fundación Tecnológica de Costa Rica”? Error material?”
En primer término debe tenerse presente que para que una entidad pública pueda constituir una fundación se requiere de autorización legal expresa, ello en virtud del principio de legalidad que rige el actuar de la Administración Pública, posición que ha sido sostenida por la Procuraduría General de la República.
En ese sentido, las universidades públicas se encuentran autorizadas por la Ley N° 7169 del 26 de junio de 1990, Ley para el Desarrollo Científico y Tecnológico, para crear fundaciones y empresas auxiliares para mejorar y agilizar la venta de bienes y servicios (artículo 94).
En este orden de ideas, el citado numeral dispone:
...
Fecha publicación: 08/06/2007
Fecha emisión: 10/04/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES - DENUNCIAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
PGA-67
-2-
26/02/2006
26 de febrero, 2007
FOE-PGA-67
Lic. Javier Chinchilla Barquero
Lic. Freddy Arias Chacón
Fiscalizadores
Area de Servicios Públicos Generales y Ambientales.
Estimados señores:
Asunto:
Rendición de criterio sobre la naturaleza de los fondos que recauda la Asociación de los Nuevos Alquimistas a los voluntarios que colaboran en el proyecto de conservación de tortugas marinas.
Según se desprende de la denuncia interpuesta por SITRAMINAE, la Asociación de los Nuevos Alquimistas (ANAI) cobra a los voluntarios dos cuotas por los siguientes conceptos:
*
Por la inscripción para realizar el voluntariado, el monto es de $35 y se paga por una única vez, de los cuales $8.50 se entregan a las Asociaciones de Desarrollo y los $26.5 restantes se utilizan para la impresión de material que se entregará a los voluntarios en conjunto con la capacitación que se les brinda, relacionado con la manipulación de las torturas sus huevos y los neonatos y para otros gastos que tienen que sufragar ANAI.
*
ANAI recibe una cuota simbólica de 7.500 colones de los voluntarios a los que se les brinda hospedaje en las instalaciones de ANAI en Gandoca, dichas instalaciones cuentan con 14 camas de las cuales algunas son camarotes y se les brinda las tres comidas básicas que son desayuno, almuerzo y cena.
En respuesta a la consulta debe señalarse en primer término que ANAI es una entidad de derecho privado constituida al amparo de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y según su propio pacto constitutivo, cuya copia se ha tenido a la vista, es creada sin fines de lucro y de carácter científico.
Debe resaltarse el hecho de que la fuente de ingresos aplicados a sufragar los costos del proyecto de conservación o manejo de tortugas marinas no provien ...
Fecha publicación: 08/03/2007
Fecha emisión: 23/02/2007
Institución: ASOC SINDICAL DE TRABAJADORES DEL MIN DE AMBIENTE Y ENERGIA E INSTITUCIONES AFINES DE CONSERVACION
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES - DENUNCIAS